DERECHO PREVISIONAL

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JUBILACIONES

Tramitamos el beneficio de jubilación para hombres y mujeres, a partir de los 65 y 60 años de edad respectivamente, que acrediten 30 años de aportes, o una cantidad menor en caso de existir exceso de edad.
En el caso de que los aportes no sean suficientes, evaluamos la posibilidad de acceder a moratorias previsionales vigentes, así como solicitamos a los empleadores las certificaciones de servicios que no consten acreditadas. 

No dudes en hacer tu consulta, evaluamos tu caso sin costo. 

pensiones

Si fallece un jubilado, o trabajador con derecho a la jubilación, los familiares tienen el derecho a una pensión, cónyuge o conviviente y los hijos solteros hasta los 18 años (que no perciban otra prestación), pueden solicitarla.

retiro por invalidez

Beneficio previsional destinado al trabajador en relación de dependencia o autónomo que posea un 66% de incapacidad y que conste con los aportes requeridos. 

PENSION UNIVERSAL ADULTOS MAYORES

Para las personas mayores de 65 años que no cuenten con ningún otro beneficio previsional. 

No es un beneficio contributivo, por lo cual no se requieren años de aportes.